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A la luz del actual conflicto entre Rusia y Ucrania, la posible escalada de los costos de mano de obra, energía y materiales sigue siendo incierta. Por lo tanto, nos reservamos el derecho de ajustar los precios en consecuencia. Gracias por su comprensión.

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TÉRMINOS GENERALES Y CONDICIONES

de Eurotools, s.r.o.


 

I. DISPOSICIONES INTRODUCTORIAS

II. DEFINICIONES

III. IDIOMA

IV. CONCLUSIÓN DEL CONTRATO Y CAMBIOS

V. INTERPRETACIÓN

VI. COMUNICACIÓN

VII. PRECIO, FACTURACIÓN Y CONDICIONES DE PAGO

VIII. CONDICIONES FISCALES

IX. EJECUCIÓN DE RENDIMIENTO

X. SUBCONTRATISTAS

XI. CESIÓN DE DERECHOS Y RECLAMACIONES

XII. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

XIII. RESPONSABILIDAD POR DAÑOS

XIV. GARANTÍA Y RESPONSABILIDAD POR DEFECTOS

XV. MULTAS Y SANCIONES CONTRACTUALES

XVI. TERMINACIÓN DEL ACUERDO

XVII. CIRCUNSTANCIAS EXCLUYENTES DE RESPONSABILIDAD/FUERZA MAYOR

XVIII. DERECHO LABORAL Y SST

XIX. PROHIBICIÓN DE EMPLEO ILEGAL

XX. SEGURO

XXI. PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL

XXII. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN

XXIII. PRIVACIDAD

XXIV. LEY APLICABLE

XXV. PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE

XXVI.DISPUTAS

 

I. DISPOSICIONES PRELIMINARES

1.1 Estos son los términos y condiciones generales (en adelante “GTC") de la compañía Eurotools, s.r.o.., con domicilio social: Na Bystričku 14B/9941, Martin 036 01, ID: 46 252 401, (en adelante, "El cliente" o "Eurotools, s.r.o.“), que son parte integrante y anexo (i) del Pedido y/o Confirmación del Pedido, cuyo objeto es la entrega de la Ejecución dentro de la cual la empresa Eurotools, s.r.o. hechos. como el Cliente; (ii) o el contrato, cuyo objeto es la entrega de Performance, en el que la empresa Eurotools, s.r.o. aparece como Cliente o (iii) cualquier contrato anónimo, es decir, que no esté expresamente regulado como un tipo de contrato en las disposiciones legales y en el que la empresa Eurotools, s.r.o. aparece como el Cliente (los tipos de contrato mencionados en el punto 1.1 se pueden marcar como"Un contrato" o"Contratos“). El documento marcado en el encabezado o en el encabezado como"Confirmación del pedido“, que contiene una confirmación por parte del Proveedor de acuerdo con estos GTC (es decir, contiene declaraciones y la firma del Proveedor de acuerdo con los términos de estos GTC) para el Pedido emitido por Eurotools, s.r.o., que aparece en el lado del Cliente, es idéntico al término "Contrato" y, por lo tanto, en el caso de que estos TCG utilicen el término Contrato, este término es idéntico al documento titulado "Confirmación de pedido“.

1.2 Las disposiciones individuales de los Términos y Condiciones Generales tampoco se aplicarán si se acuerda lo contrario (en el Pedido o en la Confirmación del Pedido o en el Contrato) (de conformidad con el § 273 párrafo 2 de la Ley No. 513/1991 Coll .Código de Comercio modificado, más adelante sólo "Código Comercial" o "ObZ”), o si el uso de estos TCG está expresamente excluido en el Pedido o en la Confirmación de Pedido o en el Contrato.

1.3. En el momento de la entrada en vigor del Acuerdo, el Proveedor está obligado por estos Términos y Condiciones Generales y expresa su consentimiento a los mismos. A la entrada en vigor del Acuerdo, las Partes Contratantes aceptan que su relación de obligación comercial mutua se rige por el Acuerdo y estos Términos y Condiciones Generales.

1.4 El cliente tiene derecho a actualizar o cambiar continuamente los Términos y condiciones generales. Todos los cambios, adiciones o el texto completo de los TCG actualizados siempre serán emitidos por el Cliente por escrito y publicados de manera apropiada en su sitio web:www.eurotools.eu .

1.5 Estos GTC están redactados en eslovaco e inglés, siendo la versión en eslovaco legalmente vinculante y la versión en inglés solo tiene una función informativa.

 

II. DEFINICIONES

2.1 A efectos de las presentes CGC, la entidad que proporciona los servicios de atención al cliente y bienes, ejecución de obras, trabajos o representaciones (en lo sucesivo, "Relleno"), sobre la base del Acuerdo, al que estos Términos y Condiciones Generales son un anexo, se refiere como "Proveedor". Las disposiciones de los Términos y Condiciones Generales, en las que se encuentra la designación "Proveedor", se aplican tanto a proveedores nacionales como extranjeros.

2.2 A los efectos de las CGC, "Por la parte contratante" Entiende El cliente o el Proveedor, mientras que "Por las partes contratantes" está entendido El cliente, o Eurotools, s.r.o y el Proveedor.

2.3 Por y en nombre del Cliente

a) en materia del Acuerdo, la persona autorizada para negociar, que figura en el Acuerdo como "Persona de contacto”, u otra/s persona/s autorizada/s por la Persona de Contacto,

b) en materia de Ejecución, entendida como ejecución de Ejecución, control de ejecución de Ejecución, pruebas de Ejecución, aceptación de Ejecución, etc. persona/s autorizada/s para actuar, que figuran en el Contrato como Persona autorizada para actuar en materia de Cumplimiento y aplicación de la reclamación, (en lo sucesivo denominado como “Persona autorizada en materia de Cumplimiento“) para El cliente. Entre las facultades y facultades del Autorizado en materia de Ejecución para el cliente no incluye la realización de acciones legales en relación con el Acuerdo (por ejemplo, multas contractuales, daños, etc.) realizadas por la persona del Gerente de Operaciones o el ejecutivo de la empresa del Cliente.

2.4 En nombre y por cuenta del Proveedor se

a) en materia del Acuerdo, la persona autorizada para negociar, que figura en el Acuerdo como "Persona de contacto”, u otra/s persona/s autorizada/s por la Persona de Contacto,

b) en materia de Cumplimiento, entendiendo por tal el cumplimiento del Cumplimiento, el control del Cumplimiento del Cumplimiento, las pruebas del Cumplimiento, la entrega del Cumplimiento, etc. persona/s autorizada/s para actuar, que figuran en el Contrato como “Persona autorizada en materia de Cumplimiento“. 

2.5 Cada una de las Partes Contratantes tiene derecho en cualquier momento a cambiar la Persona Autorizada en materia de Cumplimiento, o delegar alguna de las autorizaciones y facultades para otra persona, sobre el cual está obligado a informar inmediatamente a la otra Parte Contratante por escrito. El alcance de las facultades y poderes delegados debe estar claramente definido.

2.6 A los efectos de los TCG, el precio de la Actuación (en adelante, "PRECIO“) considera:

a) precio total para Cumplimiento Sin impuesto al valor agregado (denominado en lo sucesivo "IVA"), acordado en el Contrato, si el objeto del Contrato es la entrega de la Ejecución en su totalidad,

b) el precio de una Ejecución individual sin IVA, acordado en el Contrato, si el objeto del Contrato es la entrega de varias Ejecuciones separadas,

c) el precio de la Prestación por un mes calendario (o cualquier otro período acordado) sin IVA, acordado en el Contrato, si el objeto del Contrato es una Prestación repetidamente entregada.

d) el precio de la Ejecución sobre la base de una solicitud por escrito sin IVA, si el objeto del Acuerdo es la prestación de la Ejecución sobre la base de solicitudes por escrito,

e) precio de la Ejecución sobre la base de un pedido parcial sin IVA, si el objeto del Contrato es la prestación de la Ejecución sobre la base de pedidos parciales a contratos marco.

En caso de que:

(i) es un Proveedor nacional que no paga el IVA en la República Eslovaca (en adelante, "RS"), o

(ii) El proveedor tiene un domicilio social o lugar de negocios fuera del territorio de la República Eslovaca y no tiene un establecimiento en la República Eslovaca de conformidad con la Ley núm. 222/2004 Coll. sobre el impuesto al valor agregado modificado (en lo sucesivo, "Ley del IVA"), de la que dispone el Cumplimiento (en adelante, "Proveedor extranjero”),

a los efectos de las CGC, en tales casos, el precio definido en las letras a) a e) de este punto, salvo el texto "sin IVA“.

2.7 En el caso de Ejecución realizada en locales el cliente lo es necesario proceder al procesar insumos de acuerdo a las instrucciones de la Persona Autorizada en materia de Cumplimiento para el cliente y información publicada en el sitio web El cliente:www.eurotools.eu .

2.8. Pedido, Confirmación de Pedido, formación de Contrato

  1. Orden (a los efectos de GTC) (en lo sucesivo, "Una orden“) es un acto jurídico unilateral del Cliente hacia el Proveedor, con el objetivo de obtener del Proveedor la Prestación solicitada. Si la última fecha en la que el Proveedor puede confirmar el Pedido (en lo sucesivo, "Fecha límite para la confirmación del pedido“) y el Proveedor confirma el Pedido después de dicho Período de confirmación del Pedido, dicha confirmación tardía del Pedido se considera un Pedido reelaborado, o para la contrapropuesta del Contrato, sin que el Cliente quede obligado por ello en modo alguno.

  2. El Pedido enviado se considera borrador del Contrato. Un pedido revisado del Proveedor se considera una contrapropuesta al Contrato.

  3. En base a la confirmación del Pedido (la confirmación del Pedido por parte del Proveedor normalmente la realiza el Proveedor dentro del documento titulado "Confirmación del Pedido“), el Proveedor se compromete a entregar al Cliente la Cumplimiento del Pedido de manera adecuada y oportuna, mientras que el Pedido se considera vinculante para las Partes Contratantes en el momento de la entrega de la confirmación del Pedido al Cliente o en el momento de la entrega del documento titulado Confirmación del Pedido al Cliente. El Proveedor no está autorizado a modificar el documento denominado Confirmación de Pedido (o el Pedido confirmado) sin el consentimiento previo por escrito del Cliente. Las partes contratantes han acordado que el Cliente tiene derecho a cancelar el Pedido en cualquier momento hasta el momento de la entrega del documento de Confirmación del Pedido por parte del Proveedor o el momento de la confirmación del pedido, mientras que el Proveedor no tiene derecho a hacer valer ninguna reclamación contra el Cliente en relación con dicha cancelación del Pedido. Si las Partes Contratantes no acuerden otra cosa, la confirmación del Pedido propiamente dicho o el documento titulado Confirmación del Pedido por parte del Proveedor deberá contener una declaración del Proveedor en el sentido de que el Proveedor acepta las presentes CGC, así como una declaración de el Proveedor en el sentido de que declara que se ha familiarizado adecuadamente con estos TCG y una firma de una persona autorizada para actuar en nombre del Proveedor.La firma de la persona autorizada para actuar en nombre del Proveedor en la confirmación del Pedido o en el documento denominado "Confirmación del Pedido" deberá realizarse a través de la aplicación DocuSign eSignature o a través de una aplicación electrónica similar que confirme fehacientemente la autenticidad del la firma de la persona autorizada para actuar en nombre del Proveedor (en adelante, la "aplicación electrónica destinada a la firma“), de lo contrario no se podrá dar por confirmado el Pedido, o no surgirá ninguna obligación entre el Cliente y el Proveedor y el Proveedor no incurrirá en ninguna reclamación ni en ningún deber y/u obligación para con el Cliente.Si las Partes Contratantes no acuerdan lo contrario, y en caso de que el Proveedor firme la confirmación de Pedido o un documento denominado "Confirmación de Pedido" a través de otra aplicación electrónica destinada a la firma como DocuSign eSignature, deberá notificar al Cliente con antelación de este hecho. junto con la designación de la aplicación electrónica destinada a la firma. En caso de que el Cliente no esté de acuerdo con el uso de dicha aplicación electrónica destinada a la firma, no se podrá dar por confirmado el Pedido, o no surgirá ninguna obligación entre el Cliente y el Proveedor y el Proveedor no incurrirá en ningún reclamos o el Cliente deberes y/u obligaciones.

  4. El proveedor está obligado por el Pedido confirmado o por la confirmación del documento titulado "Confirmación de Pedido" así como por el Contrato celebrado con el Cliente y no tiene derecho a cancelarlos unilateralmente a menos que las Partes Contratantes hayan acordado lo contrario o a menos que estos Términos y Condiciones Generales estipular lo contrario.

  5. La relación contractual entre el Cliente y el Proveedor se concluye sobre la base del Pedido del Cliente y la posterior confirmación del Pedido por parte del Proveedor o la confirmación de la contrapropuesta por parte del Cliente, y se establece la relación contractual entre el Cliente y el Proveedor ( i) en el momento de la entrega de la confirmación del Pedido al Cliente o (ii) en el momento de la entrega del documento titulado "Confirmación de Pedidos" al Cliente que contiene una confirmación del Proveedor de conformidad con estos TCG (es decir, contiene declaraciones y la firma del Proveedor de acuerdo con los términos de estos TCG) o (iii) mediante la entrega de la contrapropuesta del Cliente al Proveedor de acuerdo con los términos de estos TCG.

  6. Si se concluye un Acuerdo Marco de Compra especial entre las Partes Contratantes, las Partes Contratantes no podrán celebrar contratos de compra por escrito entre sí durante el período de su validez y eficacia de acuerdo con el párrafo anterior. Estos se consideran concluidos por la prestación de servicios de acuerdo con la orden escrita del Cliente, confirmada por el Proveedor.

  7. Al confirmar el Pedido por parte del Proveedor, el Proveedor confirma que puede proporcionar o entregar la Ejecución al Cliente dentro del plazo acordado.

  8. La persona que acepta los Términos y Condiciones Generales declara que está debidamente autorizada, autorizada o facultada por una persona autorizada para aceptar los Términos y Condiciones Generales y celebrar el Acuerdo. En caso de falsedad de esta declaración, la persona que acepta los Términos y Condiciones Generales será responsable de los posibles daños y perjuicios que se hayan producido por la celebración inválida del Contrato o términos contractuales acordados inválidamente en base a esta propuesta.

 

III. IDIOMA

3.1 La redacción decisiva de todos los documentos contractuales es la redacción en el idioma eslovaco.

3.2 Si el Acuerdo está redactado en idioma eslovaco y los anexos del Acuerdo están redactados en inglés o checo, no es necesario traducir estos anexos al idioma eslovaco, a menos que las Partes Contratantes acuerden lo contrario.

3.3 En el caso de que el Proveedor tenga su sede en el extranjero y las Partes Contratantes no hayan acordado un idioma de comunicación diferente en el Contrato, el idioma de comunicación será el eslovaco.

 

IV. CONCLUSIÓN DEL CONTRATO Y CAMBIOS

4.1 Propuesta para la celebración del Contrato, o Un pedido o una propuesta para presentar una oferta, entregada al Proveedor por la parte Cliente – Eurotools, s.r.o.no es una llamada para iniciar Performance. El Proveedor puede comenzar la implementación de la Prestación solo después de la conclusión del Acuerdo y sobre la base y de acuerdo con las condiciones establecidas en el mismo.

4.2 Es posible modificar y complementar el Acuerdo únicamente con base en el acuerdo de las Partes Contratantes, en forma de una adición al Acuerdo, que incluye estos Términos y Condiciones Generales.

Cualquier cambio o adición al Acuerdo solo puede realizarse con el acuerdo de ambas Partes Contratantes, en forma de enmiendas escritas y numeradas al Acuerdo, firmadas por representantes autorizados de ambas Partes Contratantes, excepto en los siguientes casos:

  1. cambio o adición de la Persona Autorizada en materia de Cumplimiento, que la Parte Contratante realizará mediante notificación unilateral por escrito de la Persona Autorizada en materia de Cumplimiento para la otra Parte Contratante,

  2.  cambio del trabajador que realiza la Ejecución, que es aprobado por la Persona Autorizada en materia de Ejecución para El cliente, sobre la base de la prueba de que el Proveedor ha cumplido los requisitos de competencia técnica y profesional del trabajador.

4.3 Al concluir el Acuerdo, no se puede proporcionar ninguna ventaja a un tercero, y una persona que no sea parte del Acuerdo no tiene derecho a hacer valer ningún reclamo dentro del significado del Acuerdo.

 

V. INTERPRETACIÓN

5.1Separabilidad de provisiones

Cada disposición del Acuerdo se interpretará de manera que sea efectiva y válida según la ley aplicable. Sin embargo, si fuera inaplicable, inválida o ineficaz de acuerdo con las normas legales aplicables, esto no afectará las demás disposiciones del Acuerdo. En caso de tal inaplicabilidad, nulidad o ineficacia, las Partes Contratantes acordarán por escrito una solución que preserve el contexto y el propósito de la disposición dada.

Si alguna disposición de los Términos y condiciones generales es o se vuelve inválida en el futuro, las demás disposiciones de los Términos y condiciones generales permanecerán en pleno vigor y efecto.

5.2 Aplicación de las condiciones generales del Proveedor o cualesquiera otras condiciones generales queda expresamente excluido, mientras el cliente y el Proveedor no acuerde lo contrario por escrito.

5.3 Si en los Términos y Condiciones Generales o en el Acuerdo hay referencias a las disposiciones legales pertinentes vigentes en el momento en que se emitió esta versión de los Términos y Condiciones Generales o en el momento de la celebración del Acuerdo, que fueron modificadas o reemplazadas por otras disposiciones legales durante la vigencia del Acuerdo, estas referencias se considerarán referencias a dichas disposiciones legales, por las que fueron sustituidas, en su forma enmendada.

 

VI. COMUNICACIÓN

6.1 Todas las notificaciones y todas las comunicaciones entre las Partes Contratantes de conformidad con el Acuerdo se realizarán por escrito, por correo certificado, servicio de mensajería urgente o correo electrónico, y se considerará que han sido debidamente entregados mediante entrega a la Parte Contratante correspondiente en el direcciones especificadas por las Partes Contratantes en el encabezado del Acuerdo en caso de que el siguiente texto del Acuerdo no incluya direcciones para la entrega.

6.2 El documento se considera entregado incluso si:

a) El contratante se niega a aceptar el documento - el documento se considera entregado en este día, o si

b) el documento no se puede entregar debido a, p. la no aceptación del envío dentro del plazo de recogida, o porque no se pudo localizar al destinatario, se desconocía el destinatario o por otro motivo indicado por el correo en el envío; el documento se considera entregado el día en que se deposita el envío en la oficina de correos.

 

VIII. PRECIO, FACTURACIÓN Y CONDICIONES DE PAGO

7.1PRECIO

7.1.1 En caso de que el Proveedor sea contribuyente del IVA en la República Eslovaca, se añadirá al Precio el IVA en la cuantía determinada por la normativa legal aplicable que rija el importe del IVA en la fecha de la obligación tributaria, si procede. de acuerdo con la redacción vigente de la Ley del IVA.

7.1.2 Sin cumplimiento por el Proveedor o por la parte del cliente no se proporcionará de forma gratuita, a excepción de las muestras y/o a excepción de cualquier otra Ejecución o cualquier tarifa/costo acordado mutuamente por las Partes Contratantes por escrito.

7.1.3 A menos que las Partes Contratantes acuerden lo contrario por escrito, el Precio incluye todos los costos relacionados con el cumplimiento de las obligaciones del Proveedor, en particular:

- envío,

- gastos de seguro para el seguro de responsabilidad del Proveedor por daños,

- otros impuestos y tasas,

- tasas administrativas y similares recaudadas por cualquier autoridad pública,

- alojamiento, alimentación y transporte de los empleados del Proveedor.

7.1.4 A menos que se acuerde lo contrario en el Contrato, el Precio según el Contrato es fijo, completo, inalterable y vinculante, y el Proveedor garantiza su integridad hasta la entrega de la Ejecución, incluso si durante la entrega de la Ejecución la necesidad de tal actividades que no eran previsibles en el momento de la celebración del Acuerdo.

 

7.2Condiciones de facturación

7.2.1 La base de pago del Precio es la factura emitida por el Proveedor y entregada al cliente. La factura deberá estar redactada de conformidad con la normativa legal aplicable y deberá contener los datos de conformidad con el punto 7.2.10.

7.2.2 El Proveedor emitirá una factura que contenga el IVA solo con la condición de que, en el momento en que surgió la obligación tributaria, él fuera un contribuyente del IVA y el Proveedor incurra en una obligación tributaria al momento de la entrega de la Ejecución y el Proveedor sea una persona responsable del pago. IVA.

7.2.3 La factura del Proveedor será emitida y pagada el cliente implementarse en euros, a menos que se acuerde otra moneda en el Contrato.

7.2.4 Si el Precio está pactado en el Contrato en base a una tarifa horaria, el Proveedor tiene derecho a facturar solo para el cliente el tiempo realmente dedicado a proporcionar la Actuación. El proveedor no facturará al cliente la precio por el tiempo requerido para pausas en el trabajo, traslados de trabajadores, organización de entradas a las instalacionesEl cliente, etc..

7.2.5 Todas las Prestaciones proporcionadas por el Proveedor más allá del marco acordado en el Contrato deben acordarse por escrito con antelación.Por el cliente. Cualquier Actuación realizada antes de este consentimiento no esEl cliente obligado hacerse cargo o pagar.

7.2.6 Si en el Contrato se acuerda un precio unitario de la Prestación y al mismo tiempo se establece en el Contrato o en sus anexos el número de unidades de la Prestación respectiva, el Proveedor no tendrá derecho a exceder el número de unidades de la Actuación sin el consentimiento previo por escrito El cliente. Cualquier Rendimiento que exceda el número de unidades especificado en el Acuerdo, realizado sin dicho consentimiento, no esEl cliente obligado hacerse cargo o pagar. En este caso lo esEl cliente tiene derecho devolver la factura al Proveedor.

7.2.7 La base para emitir una factura por la Ejecución proporcionada es la confirmación de la Ejecución proporcionada, realizada porEl cliente dentro el significado del punto 9.4.1, que posteriormente deberá adjuntarse a la factura. A menos que se indique lo contrario en el Contrato, el Proveedor no tiene derecho a emitir una factura al Cliente antes de que se realice la Ejecución.

7.2.8 A menos que se acuerde otro método y momento de facturación del Precio en el Contrato, el Proveedor está obligado a emitir una factura por la Ejecución completada de la siguiente manera:

(i)una vez, es decir, después de proporcionar todo el alcance de la Prestación, a más tardar 15 días después de la confirmación de la Prestación proporcionada por el Cliente, o

(ii)individualmente, es decir, después de la provisión de cada Desempeño por separado, siempre a más tardar 15 días a partir de la confirmación de cada Desempeño por separado provisto (especificado en el Contrato o en una Solicitud por Escrito individual) por El cliente, o

(iii)continuamente(en caso de que la Prestación se proporcione repetida o parcialmente), es decir, después de la expiración de cada período de facturación acordado en el Contrato, siempre a más tardar 15 días a partir de la confirmación del alcance de la Prestación proporcionada durante el período de facturación; el día de entrega en este caso es el último día del período de facturación.

7.2.9 Para Actuaciones que han sido asumidas por la parteEl cliente durante el mes calendario, el Proveedor tiene derecho a emitir dentro de los 15 días posteriores al final del resumen del mes calendario factura en conformidad con la Ley del IVA.

7.2.10 Además de los datos determinados de conformidad con la normativa legal aplicable, cada factura deberá contener:

(i) Número de contrato/número de orden

(ii), código del Arancel Aduanero Común, si se trata de una entrega de bienes, o si la entrega de bienes es parte de la Prestación entregada,

(iii) fecha de emisión de la factura,

(iv) la fecha de vencimiento de la factura de conformidad con el punto 7.3.1,

(v) designación de la entidad financiera y número de cuenta del Proveedor,

(vi) firma de un representante autorizado para actuar en nombre del Proveedor.

7.2.11 El proveedor está obligado a entregar la factura al cliente en lo último dentro 5 días de su exposición.

7.2.12 El proveedor está obligado a enviar facturas por el cliente a la dirección especificada en el contrato o a otra dirección especificada por escrito por el cliente.

7.2.13 En caso de que el Proveedor envíe la factura a una dirección diferente a la indicada en el punto 7.2.13,el plazo de vencimiento no comienza hasta la factura correspondiente no se entregará en la dirección indicada o determinada según el punto 7.2.12 anterior.

7.2.14 El proveedor está obligado a entregar al cliente a la dirección según el punto 7.2.13 no más tarde de 14 días antes la fecha de vencimiento de la factura, una notificación por escrito sobre el cambio de la cuenta bancaria indicada en la factura, en el caso de:

(i) cambios de banco,

(ii) la creación de un gravamen sobre las cuentas por cobrar o

(iii) deficiencias formales (por ejemplo, cuenta bancaria incorrecta, incompleta, etc.),

mientras que la autenticidad de la firma del representante del Proveedor en esta notificación deberá ser verificada oficialmente.

7.2.15 En caso de que el Proveedor no cumpla con la obligación de notificación según el punto 7.2.14, para el día de cumplimiento de la obligación dineraria el cliente es considerado la fecha de cancelación de la cantidad adeudada de la cuentaEl cliente independientemente de si los fondos serán acreditados a la cuenta del Proveedor.

 

7.3Condiciones de pago

7.3.1 A menos que se acuerde por escrito otra fecha de vencimiento de la factura,la fecha de vencimiento de la factura es de 30 días, mientras que la fecha de vencimiento de la factura comienza a correr a partir de la fecha de la prestación imponible, es decir, de la fecha de entrega de la Prestación. Si el último día del vencimiento de la factura cae en un día inhábil, la factura vencerá el siguiente día hábil. Se considera como fecha de cumplimiento de la obligación dineraria del Cliente el día de adeudo del importe adeudado en la cuenta del Cliente.

7.3.2 El pago se realizará en su totalidad al número de cuenta indicado en la factura o en la notificación conforme al punto 7.2.14, a más tardar en la fecha de vencimiento de la factura. En caso de que la factura no contenga los datos requeridos en términos de la normativa legal aplicable, o si los datos de la factura no se facilitan de acuerdo con las condiciones pactadas en el Contrato/TCG,El cliente tiene derecho a devolver la factura al Proveedor sin pago. En este caso, la fecha de vencimiento de la factura deja de correr.el cliente es obligado a indicar el motivo de la devolución de la factura. La fecha de vencimiento de la factura comenzará a correr nuevamente el día de la entrega de la factura corregida (nueva), que cumple con los requisitos de las normas legales vinculantes en general y el Acuerdo.

7.3.3 El Cliente se reserva el derecho de retener el pago facturado en caso de reclamaciones contra el Proveedor por defectos en las prestaciones prestadas, hasta que se hayan subsanado los defectos reclamados por el Cliente.

7.3.4 Todos los gastos y comisiones bancarias de los bancos corresponsales y del banco del Proveedor serán por cuenta del Proveedor, salvo que las Partes Contratantes acuerden lo contrario por escrito.

 

VIII. CONDICIONES FISCALES

8.1 El proveedor está obligado a notificar por escrito durante la vigencia del Acuerdoal cliente la fecha de cancelación del registro del contribuyente del IVA, así como la fecha del registro del contribuyente del IVA, a saber sin demora despues esa fecha.

Además, el Proveedor está obligado a notificar por escrito Al cliente dentro de 5 días hábiles todo cambios en su situación fiscal y obligaciones fiscales, en particular:

a) creación/terminación de un establecimiento de IVA;

b) establecimiento/extinción de un establecimiento permanente a efectos del impuesto sobre la renta;

c) pago de anticipos del impuesto sobre la renta.

Las siguientes disposiciones de los puntos 8.2, 8.3 y 8.4 se aplican a Proveedor extranjero:

8.2 El Proveedor Extranjero está obligado a proporcionar a más tardar antes de la firma del Contrato Al cliente la información requerida en el formulario de Declaración de Situación Tributaria y Vinculación.

Si la corrección, integridad o veracidad de los hechos mencionados anteriormente cambia durante la vigencia del Acuerdo en función de cualquier hecho influenciable o no influenciable, el Proveedor extranjero se compromete a informar al respecto.Al cliente por escrito sin Retraso indebido, a más tardar 5 días hábiles después del cambio, de lo contrario suel cliente considerarse válido, verdadero y completo incluso en la fecha de la obligación tributaria del Proveedor Extranjero.

8.3 Si el Proveedor Extranjero es residente de un país fuera de la UE y tiene un establecimiento permanente en la República Eslovaca y paga anticipos del impuesto sobre la renta en la República Eslovaca, está obligado a presentar inmediatamente después de la firma del Contrato, o después de que ocurra dicho evento , la confirmación de la Oficina de Impuestos de Bratislava sobre el pago de anticipos (en adelante, "Confirmación“). El Proveedor Extranjero está obligado a presentar la Confirmación en cada año calendario subsiguiente durante el cual estará por El cliente para proporcionar Cumplimiento. En caso de que el Proveedor Extranjero no presente este documento, será de la parteEl cliente aplicación de la seguridad fiscal en términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

8.4Retención de impuestos

No se incluyen ni se incluirán deducciones en el precio y las condiciones de pago especificadas en el Acuerdo. Si los pagos a un Proveedor Nacional o Extranjero están o estarán sujetos a retención de impuestos de conformidad con la Ley del Impuesto sobre la Renta y los tratados pertinentes para evitar la doble imposición,el cliente en en virtud de lo anterior, reducirá los pagos en las cantidades que correspondan de acuerdo con el correspondiente convenio para evitar la doble imposición y la Ley del Impuesto sobre la Renta. en este caso eres el cliente solicita una confirmación del impuesto retenido de la oficina fiscal correspondiente en la República Eslovaca y presentarla al proveedor extranjero o nacional. El proveedor extranjero o nacional está obligado a prestar al cliente cualquier cooperación en el ejercicio de los derechos y reclamaciones El cliente según a este punto.

El Proveedor Extranjero o Nacional no tiene derecho a solicitar compensación deel cliente en conexión con el pago de la retención de impuestos por la parte El cliente, pero él mismo puede solicitar el pago al administrador fiscal correspondiente.

El Proveedor Extranjero o Nacional está obligado a realizar esfuerzos para identificar los pagos incluidos en el Precio, que pueden estar sujetos a retención y especificar su precio unitario. En caso de duda o falta de cooperación por parte del Proveedor Extranjero o Nacional, seEl cliente tiene derecho deducir la retención a cuenta de la totalidad del Precio, a menos que el Proveedor Extranjero demuestre suficientemente que no se debe aplicar la retención a cuenta conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta y el convenio para evitar la doble imposición correspondiente, o especifique la parte relevante del Precio facturado que está sujeta a retención impuesto.

Las disposiciones de la siguiente cláusula 8.5 se aplican aPagador de IVA en Eslovaquia:

8.5Responsabilidad por el IVA

El proveedor declara y se compromete a presentar una declaración de impuestos adecuada para el IVA y, en caso de obligación de pagar el IVA, lo pagará a las autoridades fiscales locales en la fecha de vencimiento especificada. El proveedor declara que no tiene intención de no pagar el IVA relacionado con el objeto de la Ejecución en virtud del Acuerdo o la intención de reducir el impuesto o posiblemente obtener una ventaja fiscal, ni tiene la intención de llegar a una posición en la que no podrá pagar este impuesto.

Las disposiciones de la siguiente cláusula 8.6 se aplican a Proveedor extranjero radicado fuera de la UE:

8.6seguridad fiscal

En caso de que Al cliente existirá la obligación de retener la seguridad fiscal del Precio,El cliente deduce del Precio facturado el importe de la garantía fiscal de conformidad con la Ley del Impuesto sobre la Renta y paga al Proveedor Extranjero el Precio facturado menos dicha garantía.el cliente hace no reducir la provisión del impuesto sobre el Precio si el Proveedor Extranjero entrega Al cliente la confirmación original del pago de anticipos de impuestos de conformidad con el § 34 o § 42 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, emitida por la oficina de impuestos correspondiente.

Si el Proveedor Extranjero no presenta una confirmación por escrito de conformidad con lo anterior,Al cliente existirá la obligación de retener la seguridad fiscal del Precio, El cliente:

a) tiene derecho a retener la seguridad fiscal del Precio facturado según el § 44 párr. 2 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y pagar al Proveedor Extranjero el Precio o parte del Precio reducido por el monto de dicha disposición fiscal, y

b) proporcionar al Proveedor extranjero la documentación (confirmación de la seguridad fiscal retenida presentada ante la autoridad fiscal correspondiente), que el Proveedor extranjero puede utilizar para compensar este pago con su obligación fiscal en Eslovaquia.

 

En otros casos, cuando las actividades del Proveedor Extranjero no requieran el establecimiento de un establecimiento permanente en la República Eslovaca, la aplicación de la protección fiscal se evaluará individualmente de acuerdo con la naturaleza del Rendimiento de conformidad con la Ley del Impuesto sobre la Renta y el doble acuerdo de evasión de impuestos.

El Proveedor Extranjero no tiene derecho a exigir compensación deel cliente en conexión con el pago de la garantía fiscal por la parte El cliente, pero él mismo puede solicitar el pago al administrador fiscal correspondiente.

8.7 El Proveedor se compromete a ser totalmente responsable de los cálculos, informes, declaraciones de impuestos y pago de todas sus obligaciones fiscales monetarias y no monetarias actuales y futuras, incluido el impuesto sobre la renta, el IVA y otros impuestos, tasas y gravámenes (o multas aplicables, sanciones o intereses) en los que ha incurrido o incurrirá como resultado del Acuerdo de acuerdo con cualquier jurisdicción legal, ya sea dentro de la República Eslovaca o fuera de su territorio. El proveedor está en contra Al cliente no realizará ningún reclamo en relación con los asuntos anteriores.

 

IX. EJECUCIÓN DE RENDIMIENTO

9.1Lugar de Cumplimiento

9.1.1 Se entiende por lugar de ejecución la operación El cliente, si el contrato no estipula lo contrario.

9.1.2 En los casos en que el Proveedor preste prestaciones en instalaciones Al cliente, el Proveedor reconoce que El cliente puede proporcionar al Proveedor:

(i) objetos de carácter de oficina, u otros locales, (ii) electricidad, agua, etc.

compensación sobre la base de un contrato o contratos especiales.

9.1.3 A la entrada y salida de los empleados del Contratista,El cliente tiene la derecho a realizar una inspección personal de los objetos y materiales importados y exportados.

Desde el localel cliente el El Contratista no podrá retirar sin permiso: (i) cualquier elemento y material que no sea de su propiedad o que no tenga ningún otro derecho sobre ellos, (ii) desechos que el Contratista no esté autorizado u obligado a eliminar o recuperar en virtud del Contrato . En caso de violación de la prohibición según este punto, tieneEl cliente el derecho a reclamar una sanción contractual contra el Proveedor de acuerdo con el punto 15.8.

9.1.4 Los empleados del Contratista están obligados a observar la prohibición del consumo de alcohol, estupefacientes o sustancias psicotrópicas. Al ingreso de los empleados del Proveedor, el Cliente tiene derecho a realizar pruebas al empleado del Proveedor por la presencia de alcohol o consumo de sustancias estupefacientes o psicotrópicas. Se considera positivo el rechazo de la prueba por presencia de alcohol o ingesta de sustancias estupefacientes o psicotrópicas. En caso de resultado positivo, el Cliente tiene derecho a aplicar sanciones de conformidad con el punto 15.9.

9.1.5 El proveedor está obligado a notificar alAl cliente los nombres de aquellos representantes del Proveedor a los que se vaya a conceder acceso a las instalaciones del Cliente para el desempeño de sus funciones exclusivamente de acuerdo con los términos y condiciones contractuales.

 

9.2Controles, pruebas y verificación

9.2.1 El cliente tiene derecho, en cualquier momento durante la prestación de la Ejecución del Contrato, a comprobar el correcto cumplimiento de las obligaciones del Proveedor en virtud del Contrato y las CGC. En el caso de que, con base en los controles realizados durante la Ejecución de acuerdo con el Contrato, resulte que la Ejecución tiene defectos o deficiencias, el Proveedor está obligado a eliminar estos defectos y deficiencias a su cargo dentro del tiempo especificado por los clientes.

9.2.2 La realización de una inspección no es motivo de retraso en la entrega de la actuación.

 

9.3Condiciones de entrega y aceptación de la Actuación

9.3.1 Plazo de entrega y aceptación de la Actuación

En caso de que exista el riesgo de que el Proveedor no entregue la Prestación dentro del plazo especificado en el Contrato, está obligado a informar al Cliente de este hecho por escrito sin demora indebida después de tener conocimiento de este hecho, y está obligado a tomar todas las medidas para agilizar la realización de la Actuación. Esta notificación deberá incluir los motivos del retraso y la fecha estimada de entrega de la Actuación.Si el Proveedor no toma medidas de acuerdo con este punto, o si las medidas del Proveedor resultan ser insuficientemente efectivas y la ejecución de la Ejecución no se acelera, tiene El cliente el derecho a tomar medidas para acelerar la realización de la propia Actuación, incluida la retirada de la ejecución de cualquier parte de la Actuación del Proveedor y la asignación de su ejecución a un tercero, mientras que los costos razonables en relación con estas medidas correrán a cargo del Proveedor.el cliente tiene el derecho a aplicar o compensar estos costos sobre la base de una factura por separado entregada al Proveedor. Para evitar dudas,el cliente es derecho a compensar el Precio, o a exigir el pago de todos los costos y gastos incrementales asociados con el retiro de la ejecución de cualquier parte de la Ejecución y su cesión a un tercero (por ejemplo, la diferencia en el precio de la parte retirada de la Ejecución, que posteriormente fue nuevamente cedida, daños y perjuicios incurridos, otros gastos incurridos, posibles multas, etc.).

Los gastos en que incurra el Proveedor como consecuencia del incumplimiento del plazo de ejecución, o en relación con la consecución de una ejecución adecuada y oportuna, serán siempre a cargo del Proveedor. El precio no cambia en tales casos. En caso de que el Contratista complete correctamente la Ejecución o parte de ella de conformidad con el Acuerdo y sus anexos antes de la fecha de ejecución acordada, el el cliente tiene derecho, pero no obligado, a hacerse cargo de la Ejecución completa o parte de ella, incluso en una fecha anterior propuesta por el Proveedor.

Incluso en los casos en que el comienzo o el progreso de la ejecución se retrasaron por razones distintas de las que se deben exclusivamente a laEl cliente, las fechas individuales de ejecución deberán ser debidamente cumplidas, o cumplidas, sin derecho a incrementar el Precio pactado.

En los casos en que el comienzo de la ejecución (o la ejecución misma) se retrasó debido a razones únicamente por parte deEl cliente por más de 5 días hábiles, el Proveedor tendrá derecho a posponer todas las fechas subsiguientes para la ejecución de la Ejecución por el mismo número de días por los que se pospuso el inicio o el progreso de la Ejecución por razones de parteEl cliente. Las sanciones aplicables al Proveedor seguirán vigentes aun cuando se apliquen las nuevas fechas aplazadas para la realización de la Actuación.

 

9.4Tomando el control de la actuación

9.4.1 Se considera que hacerse cargo de la Actuación es la aceptación de lo que se ha hecho, o de la Actuación proporcionada, al confirmar:

(i) el Rendimiento proporcionado, o

(ii) el alcance de la Prestación proporcionada durante el período de facturación, realizada por el Cliente, en cualquier forma, siempre que quede claro del contenido de la confirmación de qué Prestación se trata.

Dependiendo de la naturaleza de la Interpretación, p. se puede considerar la confirmación de la Ejecución proporcionada. protocolo de investigación, protocolo de aceptación, albarán de entrega confirmado, copias de entradas del registro de servicio, informe de servicio, informe de horas trabajadas, mensaje de correo electrónico, etc. (en otros lugares también como "confirmación del rendimiento proporcionado“).

 

X. SUBCONTRATISTAS

10.1 „Subcontratista" es cualquier persona, o un socio contractual del Proveedor que participa en el cumplimiento de las obligaciones del Proveedor hacia El cliente conforme al Contrato, a excepción de un empleado del Proveedor. También se considera Subcontratista a una persona física autorizada para hacer negocios sobre la base del comercio. Cumplimiento de las obligaciones del Proveedor frente aAl cliente a través del Subcontratista debe ser aprobado por escrito por el Cliente con antelación.

10.2 El Cliente se reserva expresamente el derecho, a su discreción, de rechazar por escrito la participación del Subcontratista en la Ejecución en cualquier momento durante la ejecución del Contrato, sin que el Proveedor tenga derecho a indemnización o compensación alguna. En tal caso, el Proveedor está obligado a realizar inmediatamente todas las acciones necesarias para terminar la cooperación con el Subcontratista rechazado en la Ejecución.

10.3 La lista aprobada de subcontratistas sólo puede modificarse con el consentimiento previo por escrito del Cliente de conformidad con el punto 4.2b).

 

XI. CESIÓN DE DERECHOS Y RECLAMACIONES

11.1 El proveedor se compromete a que sin consentimiento previo por escrito el cliente no reenviará ni manejará de otro modo, ni negociará, ya sea a cambio de una tarifa o gratuitamente, con las cuentas por cobrar que surjan del Contrato, ni establecerá gravámenes sobre las cuentas por cobrar que surjan del Contrato. De lo contrario, tal acto no es válido. En caso de violación de lo anterior, elEl cliente tiene la derecho a reclamar una sanción contractual contra el Proveedor de acuerdo con el punto 15.6.

 

XII. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

12.1 El Proveedor se compromete a notificar de forma demostrable a los Subcontratistas y a sus empleados que participen en la prestación de la Prestación a favor deEl cliente, con todas las obligaciones derivadas de las Condiciones Generales y sus anexos y velar por su cumplimiento por parte de sus empleados, Subcontratistas y empleados de Subcontratistas.

12.2 El proveedor está obligado previa solicitud del cliente a proporcionar Al cliente toda la información y los datos relacionados con la prestación de la Ejecución de acuerdo con el Contrato, o complementarlos en un tiempo razonable. El proveedor está obligado a solicitar El cliente presentar documentos que prueben la naturaleza de la relación contractual del Contratista con los trabajadores que ingresan a las instalacionesEl cliente (por ejemplo, mediante confirmación de registro en la Compañía de Seguro Social).

12.3 El proveedor declara que:

a) las cosas entregadas por el Proveedor en relación con la ejecución de la Ejecución no están ni estarán gravadas por ningún derecho de un tercero, especialmente, pero no limitado a, un gravamen de un tercero o un derecho de tanteo ;

b) tales cosas no están arrendadas y no serán arrendadas a un tercero incluso en el momento de la ejecución y

c) no existe ninguna regulación legal o decisión de una autoridad pública que de alguna manera impida que el Proveedor se ocupe de tales cosas.

12.4 Durante la vigencia del Contrato, el Proveedor está obligado a notificar por escrito Al cliente dentro de 5 días hábiles cualquier cambios relacionados con su:

a) nombre comercial,

b) sede o lugar de negocios,

c) objeto de la actividad,

d) órganos estatutarios, incluida la forma de sus acciones hacia terceros,

e) entrada en liquidación del Proveedor,

f) iniciación de procedimientos de ejecución contra la propiedad del Proveedor a

g) iniciación de procedimientos de conformidad con la Ley núm. 7/2005 Col. sobre quiebras y reestructuraciones.

 

En caso de incumplimiento de las obligaciones del Proveedor en virtud de este punto, éste tiene El cliente el derecho a reclamar una sanción contractual contra el Proveedor de acuerdo con el punto 15.4.

12.5 El proveedor declara que:

a) tiene todas las autorizaciones requeridas por las normas legales pertinentes y las autoridades competentes para cumplir con los términos del Acuerdo y la implementación adecuada y oportuna de la Ejecución, y la Ejecución realizada está de acuerdo con el objeto de su actividad comercial,

b) es capaz de realizar la Actuación con cuidado profesional, correctamente y a tiempo de acuerdo con los términos del Acuerdo y sus anexos; Al mismo tiempo, el proveedor declara que la Ejecución será realizada por trabajadores calificados profesionalmente;

c) es consciente del alcance de la Ejecución, así como de todas las demás circunstancias que afectan la ejecución del Acuerdo y la ejecución de la Ejecución. En este contexto, el Proveedor confirma que no puede hacer referencia a un error o acción equivocada, o al hecho de que algunos servicios no están especificados en el Contrato o sus anexos, a menos que haya causado estos errores o equivocaciones exclusivamenteel cliente por sus acciones deliberadas, o no llamaron la atención sobre ellas antes de firmar el Contrato,

d) comprobó correctamente y en detalle todos los documentos, materiales, entregados a él por la parteEl cliente, o formando anexos al Acuerdo, y al mismo tiempo se compromete a realizar la Ejecución basada en ellos; En este contexto, el proveedor está obligado a verificar cualquier otra cosa, documentos, materiales que El cliente proporcionó con el fin de realizar la Actuación y cualquier contradicción, ambigüedad, error o posible falta de integridad o imperfección que tenga o pueda dar lugar a defectos, cualquier desviación del estándar o propósito de la Actuación determinados contractualmente, o impacto en el Precio de la Actuación, el El proveedor está obligado sin necesidad del aplazamiento (a más tardar dentro de los 7 días a partir de la fecha de su aceptación) por escrito mediante carta certificada Al cliente; de lo contrario, las reclamaciones del Proveedor relacionadas con la incompletitud o imperfección de los documentos que le fueron entregados por El cliente, desaparecer.

12.6 El proveedor se compromete a cumplir con todas las obligaciones que de él se deriven al realizar el objeto de la Ejecución conforme al Contrato:

a) de la legislación generalmente vinculante de la República Eslovaca,

b) de las normas legales generalmente vinculantes que rigen el campo del derecho laboral y el empleo ilegal y

 

12.7 Si el Contrato o sus anexos no registran algunos hechos relacionados con la ejecución de la Prestación, el Proveedor está obligado aAl cliente notificar por escrito a más tardar antes de la firma del Contrato. En caso de que el Proveedor no haya notificado estos hechos por escrito Al cliente,el cliente es no está obligado a aceptar después de la celebración del Contrato ningún comentario sobre hechos descubiertos o no especificados posteriormente y es válido que estos fueran conocidos por el Proveedor antes de la celebración del Contrato.

12.8 En caso de cualquier desacuerdo entre las Partes Contratantes en cuanto al alcance, contenido o calidad de la Ejecución, en los casos no resueltos directa o indirectamente por el Contrato o sus anexos, la opinión escrita se aplicará hasta el acuerdo mutuo de las Partes Contratantes o se acepta la decisión de la autoridad competente El cliente y el Proveedor está obligado a esta opinión dEl cliente respetar y cumplir las condiciones establecidas en el mismo. La parte contratante, cuya posición durante la resolución del conflicto resulta ser incorrecta, corre con los costos asociados a la resolución de este conflicto.

12.9 Si durante la ejecución de la Actuación se produjera alguna contradicción entre por el cliente y el Proveedor, no debe haber detención, interrupción de la Ejecución o su retraso, o cualquier otra influencia en la implementación de la Ejecución por parte del Proveedor.

12.10 Cualquier consentimiento o aprobación dEl cliente, respectivamente representante autorizado Al cliente, en relación con la Actuación, los documentos, la documentación o la actuación realizada por el Proveedor, no exime al Proveedor de su responsabilidad por la correcta y oportuna realización de la Actuación, así como la corrección de los documentos, documentación o documentos presentados.

 

XIII. RESPONSABILIDAD POR DAÑOS

13.1 El Proveedor es responsable de los daños causados ​​por el Cliente por el incumplimiento de sus obligaciones legales o contractuales o por sus actividades en la ejecución del Contrato.

13.2 CAAl daño del cliente ocurre durante la ejecución del Acuerdo en relación con las actividades del Proveedor, el Proveedor se compromete a compensar este daño en la medida en que se demuestre Al cliente según este artículo, con excepción del lucro cesante. El proveedor está obligado a reemplazar al cliente, muy mal dentro 10 días desde la fecha de entrega de la declaración de indemnización de daños al Proveedor.

13.3 La aparición de un derecho al pago de multas contractuales según el Acuerdo o el Artículo XV no afecta el derechoel cliente por daños y perjuicios por un importe superior a la pena contractual.

13.4el cliente y el Proveedor no es responsable de los daños causados ​​como resultado de circunstancias que excluyan la responsabilidad de conformidad con el Artículo XVII.

13.5 En el caso de que la Ejecución proporcionada esté en posesión del Proveedor, mientras que el derecho de propiedad pertenece aAl cliente, el Proveedor está obligado a marcar dicha Ejecución como propiedad de la empresael cliente y almacenarlo por separado de otras representaciones de terceros para que no se produzcan daños a la Ejecución, y asegurar su seguro a su cargo. En caso de incumplimiento de esta obligación, el Proveedor responde de los daños y perjuicios causados Al cliente.

 

XIV. GARANTÍA Y RESPONSABILIDAD POR DEFECTOS

14.1 El Proveedor declara y garantiza que la Prestación será Al cliente entregados de conformidad y en el alcance, calidad y condiciones pactadas en el Contrato y sus anexos. Al mismo tiempo, el Proveedor garantiza que la Ejecución no tendrá vicios legales.

14.2 A menos que se indique lo contrario en el Contrato, el Proveedor se compromete a que la Ejecución conserve sus características de conformidad con el Contrato y es responsable de los defectos en la Ejecución durante el período de garantía, que es 24 meses.

14.3 La ejecución es defectuosa si no se corresponde con el resultado especificado en el Acuerdo, el propósito de su uso, o no tiene las propiedades expresamente establecidas por el Contrato o las normas legales de obligado cumplimiento general.

14.4 El Proveedor es responsable por los defectos en la Ejecución que tenga la Ejecución al momento de su entrega y aceptación por El cliente, independientemente de cuándo el cliente encuentra fuera, incluso si el defecto se hace evidente (El cliente descubre ella) solo después de este momento a menos que El cliente notifica al Proveedor de los defectos a más tardar al vencimiento del período de garantía.

14.5 En el caso de que la Ejecución tenga defectos evidentes en el momento de la aceptación,el cliente es tiene derecho a negarse a aceptar la Interpretación. Sobre la negativa a hacerse cargo del Fulfillment en lugar dEl cliente un acta en la que consten estos defectos. Se entregará al Proveedor una copia del acta de negativa a hacerse cargo de la Ejecución. El proveedor está obligado sin demora indebida, pero a más tardar dentro de 5 días hábiles para eliminar estos defectos, siempre que las partes no acuerden otra cosa. Después de su retiro, el Proveedor está obligado a invitar nuevamente el cliente a hacerse cargo de la Actuación en los términos de este punto. En caso de que las Partes Contratantes acuerden un plazo superior a 5 días hábiles, el Proveedor está obligado a iniciar la subsanación de los defectos dentro de los 2 días hábiles siguientes a la elaboración del acta de conformidad con este punto.

14.6 El Proveedor no es responsable de los defectos en la Prestación que hayan sido causados ​​por la entrega de documentos inapropiados o incompletos por parte del Cliente:

a) si el Proveedor no pudiera detectar su inadecuación incluso después de ejercer un cuidado profesional; sin embargo, esto no se aplica en caso de incumplimiento de las declaraciones u obligaciones del Proveedor de conformidad con el punto 12.5; o

b) si notificó al Cliente por escrito de la inadecuación y ella insistió en su uso.

14.7Reclamaciones por defectos

Si el Proveedor entregó el Cumplimiento con defecto/defectos,El cliente puede:

a) exigir la eliminación del defecto o defectos mediante la entrega de la Ejecución faltante, o

b) exigir la eliminación de los defectos a cargo del Proveedor mediante la reparación de la Ejecución, si los defectos son reparables, o

c) exigir un descuento razonable del Precio de Ejecución.

La elección entre las reivindicaciones enumeradas en este punto incluye Al cliente solo si informa al Proveedor de esta elección en una reclamación.el cliente es tiene derecho a rechazar la entrega parcial de la Ejecución, es decir, la entrega de la Ejecución, que no incluirá el alcance acordado de la entrega de la Ejecución. El proveedor asume todos los costes asociados a la eliminación de los defectos.

14.8 El cliente está obligado a informar los defectos por escrito al proveedor sin demora innecesaria después de que se descubran. En la denuncia expondrá sus requisitos y la elección entre las pretensiones de conformidad con el punto 14.7. La evidencia apropiada también se puede adjuntar a la reclamación. El Cliente no podrá cambiar la reclamación reclamada sin el consentimiento del Proveedor, excepto en los siguientes casos:

a) En el momento indicado por el Cliente o especificado en el punto 14.9, el Proveedor aún no ha realizado una parte sustancial de las acciones destinadas a satisfacer la reclamación del Cliente, o

b) se requeriría una cooperación desproporcionadamente grande del Cliente para eliminar los defectos, o

c) la eliminación de defectos sólo sería posible después de que haya pasado una cantidad de tiempo irrazonable.

14.9 A menos que se indique lo contrario en la reclamación del Cliente, el Proveedor se compromete a comenzar la eliminación de los defectos sin demoras indebidas a partir de la entrega de la reclamación.Al cliente por escrito, pero a más tardar dentro de los 3 días hábiles siguientes a la solicitud de la reclamación. El proveedor está obligado a eliminar los defectos reclamados en el menor tiempo posible, pero a más tardar dentro de 5 días hábiles desde la entrega de la reclamación al Proveedor, si en la reclamación el cliente no es se indique lo contrario.

14.10 En caso de retraso del Proveedor en el cumplimiento de la obligación de subsanar los defectos de la Ejecución dentro del plazo especificado, el cliente tiene el derecho a reclamar una sanción contractual contra el Proveedor de acuerdo con el punto 15.3.

14.11 El proveedor no tiene derecho a rechazar o retrasar de ninguna manera la eliminación del defecto reclamado, incluso si considera que la reclamación en cuestión no está justificada.

14.12Reclamaciones en caso de no subsanación de defectos

Si el Proveedor no ha subsanado los defectos en el plazo previsto en el punto 14.9 o si lo notifica por escrito El cliente antes del vencimiento del plazo para su eliminación, que no elimina los defectos, puede El cliente:

a) eliminar los defectos usted mismo o hacer que un tercero los elimine, sin afectar la garantía del Proveedor, a cargo del Proveedor,

b) exigir un descuento razonable del Precio de Ejecución,

c) retirarse del Acuerdo.

En este caso lo es El cliente obligado notificar al Proveedor por escrito de su decisión sin demora indebida.

14.13Descuento de precios

En caso de que el cliente solicite un descuento del Precio de la Ejecución defectuosa, las Partes Contratantes han acordado que el descuento del Precio se determinará sobre la base del acuerdo escrito de las Partes Contratantes. En caso de que las Partes Contratantes no acuerden un descuento adecuado del Precio Dentro 30 días desde la fecha de entrega de la reclamación al Proveedor, se calcula como la suma de:

a) la diferencia entre el valor de la Ejecución, que debería tener la Ejecución sin defectos, y el valor de la Ejecución defectuosa en el momento en que debería haberse entregado la Ejecución, y

b) costos que el cliente tiene que gastar en actividades que son necesarias para que la ejecución sea impecable en el sentido del Acuerdo.

El valor del Cumplimiento sin vicios y el valor del Cumplimiento con vicios, así como el importe de los gastos incurridos por el cliente a eliminar defectos, será determinada por el dictamen pericial presentado Por el cliente.

En caso de que el descuento del Precio se haya aplicado incluso antes de la emisión de la factura por la Prestación entregada a la que se aplica el descuento del Precio, el Proveedor está obligado a reducir el Precio facturado por el importe del descuento. En caso de que el descuento del Precio se aplique únicamente después de que se haya emitido la factura por el Rendimiento entregado, el Proveedor está obligado a emitir Al cliente factura de la corrección de la base del IVA de acuerdo con la normativa legal aplicable, en el caso de que no sea de aplicación lo dispuesto en el presente punto siguiente. El proveedor está obligado a emitir y entregar una factura rectificativa en un plazo máximo de 15 días a partir de la fecha en que se acordó el descuento de precio. Lo dispuesto en el punto 7.2 se aplica a la entrega de la factura rectificativa.

14.14defectos legales

14.14.1. La ejecución tiene defectos legales si está gravada por el derecho de un tercero, o si existen obligaciones del Proveedor para establecer tales derechos de un tercero (por ejemplo, derechos de propiedad industrial e intelectual, derechos de prenda, etc.). La ejecución tiene vicios de derecho incluso en el caso previsto en el § 433 párr. 2 de la Ley núm. 513/1991 Coll. Código de Comercio, modificado (en lo sucesivo denominado "Código Comercial“). Se excluye la aplicación del § 434 del Código de Comercio para los efectos del Acuerdo (en lo sucesivo, "defectos legales“).

14.14.2. Los defectos legales son El cliente obligado notificar al Proveedor por escrito después de conocer la aplicación del derecho de un tercero.

14.14.3. Si la Interpretación tiene algún defecto legal,el cliente tiene el derecho a exigir al Proveedor que sin demora indebida, a más tardar dentro de 30 días desde la entrega de la notificación por escrito el cliente sobre el Defecto Legal, eliminó los Efectos Legales a su cargo, a menos que en la notificación el cliente no se indique lo contrario.

14.14.4. En caso de que el Proveedor no haya subsanado los defectos legales de la Ejecución en el plazo previsto en el punto anterior,Los clientes con derecho a:

(i) reclamar un descuento del Precio, o

(ii) retirarse del Acuerdo.

14.14.5.el cliente es obligado a decidir entre las reclamaciones mencionadas en este punto dentro 30 días desde el vencimiento del plazo según el punto 14.14.3.

No es hasta el momento de la eliminación de los defectos legales El cliente está obligado a pagar la parte del Precio que hubiera correspondido a su derecho a un descuento si no se hubieran subsanado los Vicios Legales.

14.14.6. En caso de defectos legales de cualquier parte de la Prestación, el Proveedor también está obligado a defender a su cargo El cliente contra las reclamaciones de terceros por la infracción de sus derechos y al pago de todas las sumas, en particular costas, daños y perjuicios y honorarios de representación legal, que el tribunal otorgue a un tercero en su decisión final, o a las que tenga derecho un tercero, de conformidad con con el acuerdo de transacción con el tercero, acordado por el Proveedor, siempre que El cliente notifica al Proveedor de defectos legales por escrito dentro del plazo de acuerdo con el punto anterior y permitir que el Proveedor coopere con por el cliente en defensa y en las negociaciones de conciliación conexas.

Al mismo tiempo, el proveedor tiene las obligaciones especificadas en este punto incluso si los derechos de un tercero han sido violados como consecuencia de la El cliente o una tercera persona autorizada por el cliente en conforme a las especificaciones o instrucciones comunicadas con anterioridad por el Proveedor Al cliente.

 

XV. MULTAS Y SANCIONES CONTRACTUALES

15.1 En caso de que el Proveedor no cumpla con el plazo para la entrega de la Prestación pactada en el Contrato, deberá el cliente el derecho a reclamar al Proveedor una sanción contractual por importe 0,5%del precio de la Ejecución no entregada por cada día de retraso que haya comenzado. Esto también se aplica en caso de falta de entrega o entrega retrasada de los documentos que son necesarios para hacerse cargo o utilizar el Rendimiento, u otros documentos que el Proveedor está obligado a presentar.Al cliente según contrato.

15.2 En caso de que el Proveedor no inicie la eliminación de defectos en la Prestación sin demoras innecesarias, o no continúe con la eliminación de defectos debidamente iniciada, o no cumpla con el plazo para la eliminación del defecto en la Prestación o el Aviso Legal Defecto de acuerdo con el punto 14.9, respectivamente. en otro plazo acordado entre por el cliente y el Proveedor, posiblemente especificado en el Protocolo de Aceptación, puede El cliente aplica una sanción contractual por importe al Proveedor 0,5% del precio, por cada defecto individual en la Ejecución y por cada día de retraso en su eliminación.

15.3 En caso de que el Proveedor incumpla cualquiera de las obligaciones especificadas en el punto 12.4,el cliente es derecho a reclamar una sanción contractual por el importe del Proveedor150 euros por cada violación individual.

15.4 En caso de que el Proveedor ceda o establezca créditos del Contrato en violación del punto 11.1, tieneel cliente el derecho a reclamar al Proveedor una sanción contractual por el importe100%del volumen financiero del crédito transferido, establecido o vendido de esta forma. Para los efectos de este punto, el volumen financiero significa el valor total del principal, incluido el valor de los accesorios del crédito a la fecha de la cesión o venta u otra disposición del crédito.

15.5 Si se filtra información de carácter confidencial (secretos comerciales, información confidencial de carácter financiero, información sensible sobre infraestructuras críticas, etc.) por causas atribuibles al Proveedor, o si el Proveedor incumple alguna de las obligaciones enumeradas en el artículo XXI., puedesEl cliente aplica una sanción contractual por el importe al Proveedor22.000 eurospor cada violación individual.

15.6 Por violar la prohibición de ingresar y sacar cosas y objetos no autorizados de acuerdo con el punto 9.1.3, ustedEl cliente puede aplicar al Proveedor una sanción contractual por el importe100 euros por cada caso particular.

15.7 Por violación demostrable de la legislación y las normas de SST por parte del Proveedor, y por violación de la prohibición de empleo ilegal en el sentido del Artículo XIX. eres tú El cliente puede reclamar una sanción contractual por el importe del Proveedor 500 euros por cada caso particular.

15.8 Por no informar de un hecho extraordinario, como accidente, incendio, siniestro, etc., si El cliente puede aplicar una sanción contractual por el importe al Proveedor 500 euros solo En caso.

En el caso de violaciones reiteradas de las normas de salud y seguridad en las instalacionesel cliente por el mismo empleado, en caso de violación de la prohibición general de fumar, o en caso de violación de las normas de salud y seguridad que el Cliente considere grave, el Cliente tiene derecho a expulsar a este empleado de las instalaciones El cliente, mientras que este empleado será incluido en la base de datos de personas indeseables que tienen prohibido el ingreso durante la vigencia del Acuerdo, por un máximo de12 meses desde la infracción, o hasta que se cumpla la condición prevista en el punto siguiente.

15.9 Por violación de las leyes y normas de SST por parte del empleado del Contratista, éste podráEl cliente requiere Contratista para garantizar que dicho trabajador reciba una formación especial adicional en materia de SST, mientrasEl cliente se reserva el derecho a exigir el pago de dicha formación adicional directamente al empleado del Proveedor.

15.10 En caso de que el Contratista infrinja las leyes y normas de SST, que resulten en:

a) un accidente laboral registrado del trabajador El cliente, un empleado del Proveedor o un empleado de un tercero,el cliente es derecho a reclamar una sanción contractual por el importe del Proveedor 1% del Precio, menos que nada 5.000 euros para cada caso individual;

b) accidente de trabajo del trabajador El cliente, un empleado del Proveedor o un empleado de un tercero, con resultado de muerte o lesiones graves,el cliente es derecho a reclamar una sanción contractual por el importe del Proveedor 2% del Precio, menos que nada 30.000 euros para cada caso particular.

15.11 En el caso de que seAl cliente el cliente el cliente un multa impuesta o cualquier otro tipo de sanción por parte de las autoridades públicas en relación con un incumplimiento del Proveedor en relación con:

a) obligaciones de notificación en términos de las cláusulas 8.1 y 8.2 de las CGC,

b) emitir una factura que no cumpla con los requisitos en términos de la legislación pertinente vigente en el país de la sede del Proveedor, o si la factura no contiene los requisitos en términos del Contrato,

c) impuestos y/o derechos de aduana, o

d) obligaciones relacionadas con la salud y la seguridad,

que resulten del Contrato, es El cliente tiene derecho reclamar al Proveedor y el Proveedor está obligado a pagar una multa contractual por un monto que corresponderá al monto de la sanción y/o multa impuesta, es decir, el monto total.

en caso de que lo hagaAl cliente una obligación impuesta de pagar una cierta cantidad financiera determinada por una autoridad estatal en relación con una violación de las obligaciones fiscales y/o aduaneras del Proveedor de conformidad con la legislación aplicable (por ejemplo, impuesto adicional, no reconocimiento del derecho a la deducción del IVA), en además de la sanción y/o multa impuesta de conformidad con la frase anterior, dicha cantidad económica también estará incluida en la sanción contractual.

El proveedor declara, de conformidad con el § 401 del Código de Comercio, que amplía el plazo de prescripción del derecho El cliente a una sanción contractual en el sentido de lo anterior, y este derecho no prescribirá sino después de transcurridos 10 años desde el día en que se produjo un incumplimiento por parte del Proveedor en los términos de este punto, a menos que una Se establece una regulación especial en normas legales especiales para el inicio de la prescripción.

15.12 Cualquier multa contractual en virtud del Acuerdo se aplicará en forma de sanción factura y ellos serán pagaderos dentro de los 10 días a partir de la fecha de emisión de la sanción factura.

15.13 Las partes contratantes declaran que consideran adecuado el monto de las multas contractuales pactadas en los términos del Contrato para las obligaciones garantizadas.

15.14 El ejercicio del derecho al pago de la multa contractual no exime al Proveedor de la obligación de cumplir o presentar los documentos conforme al Contrato.

15.15 Si el monto de las multas contractuales aplicadas sobre la base del Acuerdo por la parteEl cliente hacia el Proveedor supera el 50% del Precio, es El cliente tiene derecho retirarse del Acuerdo.

 

XVI. TERMINACIÓN DEL ACUERDO

16.1 El Cliente y el Proveedor han acordado que el Contrato terminará:

a) entregando la Ejecución y cumpliendo las obligaciones contractuales relacionadas de las Partes Contratantes,

b) al vencimiento del período por el cual se celebra el Acuerdo,

c) por acuerdo escrito de las Partes Contratantes,

d) notificación por escrito según el punto 16.2,

e) por retiro por escrito del Acuerdo de acuerdo con el punto 16.3.

16.2Cancelación de contrato

A menos que se indique lo contrario en el Acuerdo,el cliente tiene el derecho a rescindir el Contrato por cumplimiento recurrente, concluido por un período fijo, mediante notificación sin dar una razón mediante la entrega de una notificación por escrito al Proveedor. El plazo de preaviso es 1 mes y comienza el primer día del mes siguiente a la entrega de la notificación al Proveedor.

16.3Retiro del Acuerdo

Cualquier Parte Contratante tiene derecho a desistir del Contrato inmediatamente:

a) de conformidad con el § 345 párr. 1 del Código de Comercio, es decir, en caso de incumplimiento sustancial de las obligaciones legales u obligaciones establecidas por el Contrato por la otra Parte Contratante, si notifica a la otra Parte Contratante sin demora indebida después de tener conocimiento de tal incumplimiento, o

b) de conformidad con el § 346 párr. 1 del Código de Comercio, es decir, en caso de incumplimiento leve del Contrato, si la otra Parte Contratante viola cualquiera de sus obligaciones legales o contractuales y no hace las correcciones, incluso dentro de un plazo adicional razonable sobre la base de un escrito pedido,

c) si el Proveedor actúa de cualquier forma contraria a los principios de las relaciones comerciales leales, comete conductas anticompetitivas, actúa en violación de las normas legales para la protección de la competencia económica, o lesiona el buen nombre y los intereses legítimos con sus accionesEl cliente, sobre la base de una notificación unilateral por escrito.

16.4Desistimiento del Contrato por causas del Proveedor

En particular, pero no solo, lo siguiente se considera un incumplimiento sustancial del Acuerdo por parte del Proveedor:

a) la demora del Proveedor en completar adecuadamente la Ejecución, o por la entrega adecuada de la Ejecución por más de 14 días,

b) interrupción o suspensión del desempeño por parte del Proveedor sin instrucciones o consentimiento del cliente por más que 5 días,

c) incumplimiento del plazo acordado para la eliminación de defectos por más de 14 días.

El cumplimiento, o la demora en la subsanación de un defecto detectado durante la ejecución de la Ejecución, del que se hizo constar mediante reclamación, o por otro registro habitual, con el que se puso en conocimiento del Proveedor,

d) si el Proveedor realiza paraEl cliente violó, eludió o no cumplió con las disposiciones de aquellos puntos del Acuerdo, cuya violación se considera una violación material del Acuerdo, las normas legales aplicables o las normas internasel cliente en cuanto salud y seguridad, protección contra incendios, protección del medio ambiente, entradas a edificiosEl cliente, prohibición del empleo ilegal, Código de Ética, Cumplimiento de las Leyes contra la Esclavitud y la Trata de Personas, Directiva anticorrupción,Reglas para prevenir la evasión fiscal u obligaciones deAl cliente resultantes de las disposiciones legales vigentes en el territorio de la República Eslovaca que rigen el ámbito del empleo ilegal,

e) si se ha declarado la quiebra contra el Proveedor, se encuentra en liquidación, o se ha detenido el procedimiento de quiebra contra el Proveedor por falta de bienes, o se ha cancelado la quiebra por falta de bienes,

f) si el Proveedor, el órgano estatutario del Proveedor o un miembro del órgano estatutario del Proveedor ha sido condenado judicialmente por el delito de corrupción, por el delito de lesión de los intereses financieros de la Unión Europea, por el delito de legalización ingresos de actividades delictivas, por el delito de fundar, organizar y apoyar un grupo delictivo, por el delito de fundar, organizar y apoyar un grupo terrorista, por el delito de terrorismo y algunas formas de participación en el terrorismo, o por un delito delito cuya esencia fáctica se relaciona con los negocios,

g) si el Proveedor ha perdido la autorización para realizar el objeto de la Ejecución del Contrato,

h) violación de secretos comerciales o confidencialidad de información confidencial,

i) si el Proveedor ha incumplido cualquiera de las obligaciones enumeradas en el Artículo X. relativas a los Subcontratistas, o si el Proveedor ha incumplido el contrato de subcontratación y en la opiniónel cliente este la violación amenaza la calidad y la entrega oportuna de la Ejecución o de su parte (por ejemplo, el Proveedor no paga las facturas del Subcontratista de manera adecuada y a tiempo),

j) otro incumplimiento de obligaciones por parte del Proveedor, que pueda afectar la correcta realización de la Ejecución,

k) negativa por parte del Proveedor de iniciar la ejecución de la Prestación,

l) negativa por parte del Proveedor de continuar con la ejecución de acuerdo con la instrucción del cliente a continuar la ejecución de la Función, cuya interrupción se ordenó Por el cliente,

m) si el Proveedor cedió o constituyó un gravamen sobre las cuentas por cobrar derivadas del Contrato sin consentimiento previo por escrito El cliente contrario a lo dispuesto en el punto 11.1,

n) Al cliente habrá obligación de garantizar el IVA para el Proveedor de conformidad con el § 69 par. 14 de la Ley del IVA,

o) si el Proveedor es un deudor fiscal en el sentido del § 69 párrafo 14 y párrafo 15 de la Ley del IVA,

p) si el Proveedor, con quien se celebró el Contrato sobre la base de un concurso, no presenta Al cliente una declaración que está obligado a presentar de acuerdo con las condiciones del concurso, o si la declaración presentada por él resulta ser falsa, incompleta o tergiversada, o si la razón por la cual podría haber sido excluido del concurso como candidato sale a la luz.

El proveedor está obligado a informar Al cliente sin demora indebida que se ha producido una de las situaciones mencionadas anteriormente, que puede ser motivo de desistimiento el cliente de el contrato.

Para evitar dudas, las Partes Contratantes han acordado expresamente que el cliente tiene derecho a retirarse de todo el Acuerdo, incluso si el objeto del Acuerdo son varias Ejecuciones separadas y el incumplimiento del Acuerdo, ya sea sustancial o no, se refiere solo a cualquier Ejecución individual.

En caso de desistimiento del Contrato por causas del Proveedor El cliente tiene derecho solicitar la entrega de una parte de la Ejecución que el Proveedor ya ha realizado. En tal caso, el Cliente pagará al Proveedor una parte proporcional del Precio, correspondiente a la medida de la Prestación realizada.

16.5Desistimiento del Contrato por causas por parte del Proveedor relacionadas con el incumplimiento de las condiciones relativas a la salud y la seguridad

El cliente tiene derecho a rescindir el contrato en caso de que el proveedor infrinja cualquiera de las obligaciones relacionadas con la salud y la seguridad de los empleados del proveedor, o de las personas que participen en la realización de la Actuación, en particular:

(i) en caso de que el Cliente descubra que el Contratista utiliza empleados para la realización de la Ejecución que no cumplen con los requisitos para la realización del trabajo, establecidos por el Contrato o las normas legales pertinentes,

(ii) en caso de que El cliente descubre que el Proveedor no cumple con los requisitos establecidos por el Contrato o las normas legales pertinentes en materia de salud y seguridad,

(iii) en caso de que El cliente descubra que el Proveedor haya incumplido alguna de las obligaciones previstas en el Contrato, en materia de salud y seguridad.

16.6 A menos que se indique lo contrario en el Acuerdo, el retiro del Acuerdo entra en vigencia en la fecha de entrega de la notificación de retiro a la otra Parte y no afecta la disposición de confidencialidad, que sigue siendo válida y efectiva.

16.7 En caso de denuncia del Acuerdo, las Partes Contratantes acordarán dentro de 15 días el método de liquidación de las obligaciones derivadas de la relación contractual extinguida.

 

A menos que las Partes Contratantes acuerden otra cosa,El cliente aceptó El rendimiento no se devolverá y el Contrato no se cancelará desde el principio, mientras que el cliente paga por la parte aceptada y facturada de la Ejecución y si esta parte de la Ejecución aún no se ha recibido y facturado,el cliente pagar al Proveedor únicamente la cantidad en que se ha enriquecido, teniendo en cuenta el nivel de desarrollo de la Prestación. Este monto se determinará con base en el acuerdo de las Partes Contratantes. En caso de que las Partes Contratantes no lleguen a un acuerdo dentro de los 15 días siguientes a la entrega de la notificación por escrito de desistimiento del Contrato a la otra Parte Contratante, este monto se determinará Por el cliente. En este caso, pagará El cliente Únicamente adeudan al proveedor el importe de los trabajos, servicios o prestaciones realizados, asumidos y facturados antes de la fecha efectiva de terminación del Contrato.

16.8 El proveedor está obligado a devolver Al cliente todos los documentos o materiales que él El cliente proporcionó en relación con el Acuerdo inmediatamente después de:

a) El proveedor entregó Al cliente Cumplimiento de conformidad con el Acuerdo

b) hay retiró del Acuerdo o terminación de la validez o efectividad del Acuerdo de otra manera, o

c) lo pide El cliente.

 

XVII. CIRCUNSTANCIAS EXCLUYENTES DE RESPONSABILIDAD/FUERZA MAYOR

17.1 Ninguna de las Partes Contratantes será responsable por el incumplimiento de sus obligaciones derivadas del Contrato, salvo la obligación del Proveedor de proporcionar información al Cliente en términos de los puntos 8.1, 8.4, 8.5, 8.6 y 12.4 si prueba (mientras las condiciones deben cumplirse acumulativamente) que el incumplimiento fue causado por circunstancias excluyentes de responsabilidad.

17.2 La Parte Contratante, de parte de la cual se produjo una circunstancia excluyente de responsabilidad por causa de fuerza mayor, está obligada a notificar a la otra Parte Contratante tal obstáculo que le impida cumplir adecuadamente con sus obligaciones, sin demora innecesaria después de conocerlo, o teniendo en cuenta todas las circunstancias, podría aprender.

17.3 Durante la duración de las circunstancias que excluyen la responsabilidad, el tiempo de Ejecución del Contrato se extiende de modo que sea aceptable para la Parte Contratante autorizada. Durante este tiempo, el Contratante autorizado no tiene derecho a desistir del Contrato.

17.4 Si las circunstancias que excluyen la responsabilidad duran más de 6 meses, El Proveedor tiene derecho a desistir del Contrato unilateralmente, y el desistimiento del Contrato es efectivo en la fecha de entrega de la notificación de desistimiento a la otra Parte Contratante. Si las circunstancias que excluyen la responsabilidad duran más de 1 mes, El cliente tiene derecho a desistir del Contrato unilateralmente, mientras que la desistimiento del Contrato es efectiva el día de la entrega de la notificación de desistimiento a la otra Parte Contratante.

 

XVIII. DERECHO LABORAL Y SST

Lo dispuesto en este artículo sólo se aplicará si el Proveedor accede a las instalaciones del Cliente.

18.1Obligaciones del Proveedor en materia de seguridad y salud

18.1.1. En todas las áreas de trabajo los clientes fumando generalmente está prohibido. Solo se permite fumar en las áreas designadas (áreas para fumadores) designadas para este propósito. El proveedor se compromete a cumplir con este reglamento. El Proveedor también se compromete a informar a los trabajadores que participen en la ejecución del Contrato en las instalaciones del Cliente sobre la prohibición de fumar durante la ejecución del Contrato.

18.1.2. Durante toda la duración del Contrato, el Proveedor está obligado a:

a. prestar servicios en pleno cumplimiento del Acuerdo, así como cumplir con todas las disposiciones de la legislación aplicable, los reglamentos y las normas técnicas requeridas por las autoridades competentes, que estén vigentes durante el período de implementación, así como todas las demás normas que puedan afectar el Acuerdo; El proveedor asume directamente todas sus obligaciones y costos;

b. Cumplir con todas las normas legales aplicables y las normas e instrucciones internas.el cliente a garantizar la protección de la seguridad y la salud en el trabajo y la protección contra incendios;

C. permitir Al cliente y/o terceros autorizados por la parteEl cliente lleva realizar las comprobaciones previstas en el Contrato y/o en la legislación aplicable a los efectos de verificar el cumplimiento de las obligaciones del Proveedor de conformidad con este artículo de las Condiciones Generales.

18.1.3. El proveedor es responsable del estado seguro de los equipos de trabajo utilizados (por ejemplo, equipos eléctricos, dispositivos de medición, cámaras, etc.). Está obligado a operar y mantener estas herramientas de trabajo en tales condiciones técnicas y comportarse en las instalaciones.Los clientes que no hay daño y violación de instrucciones y reglasEl cliente. En caso de detección de deficiencias en los medios de trabajo del Proveedor, o su uso no autorizado en las instalaciones El cliente tiene el cliente el derecho a suspender su funcionamiento o expulsarlos de sus instalaciones. Cualquier retraso en la ejecución no se considerará como retraso causado.Por el cliente.

18.1.4. Los empleados del Contratista están obligados a utilizar únicamente aquellas entradas y salidas que les estén destinadas para estos fines, a permanecer en el lugar de trabajo que esté relacionado con la ejecución de la prestación contractual,

18.1.5. El contratista es responsable de la cualificación profesional y sanitaria y de la formación suficiente en materia de seguridad y salud en el trabajo de sus trabajadores, así como de los autónomos y empleados de sus subcontratistas, está obligado a comportarse en el lugar de trabajo y gestionar la ejecución de la Actuación de forma que no se perjudique la salud de los trabajadores El cliente, trabajadores propios, así como trabajadores de terceros, y para evitar daños a la propiedad y al medio ambiente. Se prohíbe a los empleados del Contratista realizar la Ejecución bajo la influencia del alcohol o sustancias estupefacientes y psicotrópicas, permaneciendo en las instalacionesEl cliente bajo la influencia del alcohol o de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, así como el consumo de alcohol o de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en el ámbito laboral.

18.1.6. El proveedor dotará a sus trabajadores de los equipos de protección personal necesarios y velará por su uso.

18.1.7. El proveedor está obligado a cumplir con las obligaciones relacionadas con la ocurrencia de eventos extraordinarios (accidentes, incendios, choques, primeros auxilios, etc.) hacia las autoridades estatales pertinentes y la ocurrencia de tal evento para ellos.El informe del cliente inmediatamente (dentro de los 30 minutos) a los efectos de un examen objetivo y la adopción de medidas preventivas.

18.1.8. En caso de accidente, si el trabajador afectado no pudiera hacerse la prueba de alcoholemia, el Proveedor está obligado a asegurarse de que dicha prueba se realice a la mayor brevedad. El acta de su ejecución se presentará sin demora.El cliente.

18.1.9. En caso de incendio y su posterior liquidación por los cuerpos de bomberos utilizando sus extintores, si el incendio fue provocado por culpa del Proveedor, el Proveedor se compromete a cubrir los gastos asociados a la liquidación del incendio.

 

XIX. PROHIBICIÓN DE EMPLEO ILEGAL

19.1 El proveedor reconoce que el cliente puede no según § 7b párr. 5 de la Ley núm. 82/2005 Col. sobre el trabajo ilegal y el empleo ilegal y sobre la enmienda de ciertas leyes modificadas (en lo sucesivo, la "ley sobre el empleo ilegal") para aceptar el Rendimiento del Proveedor que emplea ilegalmente a personas físicas. Por lo tanto, el proveedor declara que no es una persona que emplea ilegalmente a una persona física de acuerdo con el § 7b par. 5 de la Ley de Empleo Ilegal.

19.2 El proveedor se compromete a reponer Al cliente los gastos y daños en que haya incurrido como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones del Contratista establecidas en la Ley de Empleo Ilegal, especialmente si, como consecuencia del incumplimiento de tal obligación,Al cliente multa impuesta de conformidad con el § 7b párr. 7 de la Ley de Empleo Ilegal (o según otra disposición legal, si la multa se impone debido a la violación de una obligación en virtud del § 7b, párrafo 5 de la Ley de Empleo Ilegal). Las partes contratantes han convenido que tal pretensión. cliente se considera vencido en la fecha de validez de la decisión de imponer una multa.

19.3 Las partes contratantes también acordaron que en caso de que legalmente se imponga una multa Al cliente de conformidad con el § 7b párr. 7 de la Ley de Empleo Ilegal o conforme a otra disposición legal, si la multa se impone por incumplimiento del deber de conformidad con la Ley de Empleo Ilegal,el cliente es tiene derecho a compensar su reclamo por daños y perjuicios por el monto de la multa pagada y todos los costos relacionados con el reclamo del Proveedor por proporcionar el Rendimiento.

19.4 El Proveedor se compromete en cualquier momento durante la vigencia del Acuerdo previa solicitud El cliente entregar Al cliente inspeccionar, en la medida necesaria, los documentos y datos personales de las personas físicas a través de las cuales proporciona la Ejecución, que son necesarios para El cliente podría verificar si el Contratista no está violando el empleo ilegal de acuerdo con la Ley de Empleo Ilegal, especialmente § 7b par. 5.

19.5 En caso de El cliente después al presentar los documentos según el punto 19.5, descubre que el Contratista viola algunas disposiciones de la Ley de Empleo Ilegal, especialmente el § 7b párr. 5 de la Ley de Empleo Ilegal, es El cliente tiene derecho retirarse del Acuerdo.

19.6 El proveedor se compromete además a reemplazarÁ los costos del cliente y los daños sufridos por ella como consecuencia del hecho de que el cliente la obligación de pagar una multa o pagos adicionales de conformidad con el § 7b párr. 2 de la Ley de Empleo Ilegal.

Las partes contratantes han convenido que tal pretensión. el cliente se considerará vencido el día en que el Proveedor tenga derecho a la indemnización por gastos o daños.

 

XX. SEGURO

20.1 El contrato de seguro del Proveedor debe ser válido durante toda la duración del Contrato y celebrado en la medida de un límite de seguro que cubra suficientemente todos los daños que el Proveedor pueda causar a través de sus actividades. En caso de que el Proveedor proporcione una garantía de Cumplimiento, el contrato de seguro en la medida especificada también debe ser válido durante el período de garantía.

 

XXI. PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL

21.1 Las partes contratantes reconocen que según los § 558 et seq. del Código de Comercio, si el objeto de la Actuación es el resultado de una actividad que está protegida por la ley de propiedad industrial o intelectual (en adelante, "obra de autor“), el Cliente tiene derecho a utilizarlo para los fines derivados del Contrato en las formas necesarias para el uso adecuado de la Ejecución, en particular para el uso de acuerdo con el § 19 de la Ley núm. 185/2015 Coll. Ley de derechos de autor modificada (en lo sucesivo, "Derechos de autor“), después tiempo duración de los derechos de propiedad autor de conformidad con el § 32 de la Ley de derechos de autor. La retribución por el uso de la obra del autor en la medida prevista en este punto está incluida en el Precio.

21.2 Las partes contratantes han acordado que si la obra del autor se va a utilizar de forma diferente a la prevista en el punto anterior, el Proveedor se compromete como autor sin demora indebida, a más tardar dentro de 15 días después solicitud del Cliente, para celebrar un contrato de licencia con el Cliente como adquirente de conformidad con las disposiciones de los § 65 et seq. Ley de derechos de autor, cuyo objeto será

(i) otorgar el consentimiento del Cliente para el ejercicio de los derechos de propiedad que constituyen los derechos de autor de la obra del autor, y sobre la base de los cuales el Proveedor otorga al Cliente Exclusividad licencia para ilimitadamente y

(ii) provisión del consentimiento previo del Cliente para la concesión de una sublicencia durante el tiempo de duración de los derechos de propiedad del autor de conformidad con el § 32 de la Ley de derechos de autor, sobre la base de la cual el Cliente podrá utilizar la obra del autor principalmente en las formas previstas en el § 19 párr. 4 de la Ley de Propiedad Intelectual. La tarifa por el otorgamiento de la licencia bajo esta cláusula está incluida en el Precio.

21.3 Las partes contratantes han acordado y confirman que si el Contrato tiene la naturaleza de un contrato para una obra y si el Contrato crea una obra de autoría de acuerdo con el § 87 de la Ley de derechos de autor (programa de computadora), entonces el Cliente tiene el estatus de el cliente de acuerdo con §91 par. 4 de la Ley de Propiedad Intelectual.

21.4 En caso de que durante la ejecución de la Ejecución el Proveedor cree una obra que cumpla con la definición

a) invención patentable en el sentido de las disposiciones pertinentes de la Ley núm. 435/2001 Coll. sobre patentes y certificados complementarios de protección, modificados, y solicita la concesión de una patente para la obra, o

b) una solución técnica protegida por un modelo de utilidad de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Ley núm. 517/2007 Coll. sobre modelos de utilidad en su forma enmendada y se aplica a la protección de la obra con un modelo de utilidad, o

c) diseño de acuerdo con las disposiciones pertinentes de la Ley núm. 444/2002 Coll. sobre diseños modificados y solicita el registro de la obra como diseño, o

d) otro sujeto de propiedad industrial

(más adelante solo juntos"Sujeto de propiedad industrial“),

El proveedor se compromete como proveedor sin demora indebida, a más tardar dentro de 15 días desde la adquisición del derecho sobre el objeto de la propiedad industrial a favor del Cliente, para celebrar un contrato de licencia con el Cliente como adquirente de conformidad con los § 508 et seq. del Código de Comercio, cuyo objeto será el otorgamiento del consentimiento para el uso de una obra protegida como Objeto de Propiedad Industrial (en adelante"Licencia“). El Proveedor se compromete a otorgar al Cliente una Licencia exclusiva e ilimitada para su desempeño en el ámbito de la actividad global del Cliente, por la duración de los derechos sobre el Objeto de propiedad industrial. La contraprestación por el otorgamiento de la Licencia según este punto está incluida en el Precio.

21.5 El proveedor se compromete a resolver todas las relaciones legales con terceros que hayan creado o entregado el contenido de la Actuación, en particular mediante la celebración de derechos de autor relevantes y otros contratos para que estas personas no puedan hacer valer ningún reclamo contra el Cliente que surja de personal, derechos de autor, derechos industriales, derechos afines a los derechos de autor u otros derechos similares en relación con el debido cumplimiento de las obligaciones del Proveedor derivadas del Contrato. En caso de cancelación del Proveedor sin sucesor legal, el Proveedor está obligado a proporcionar al Cliente los datos fuente de la obra creada o Objeto de propiedad industrial antes de su terminación.

 

XXII. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN

22.1 El proveedor se compromete a tratar cualquier dato, información o documento (especialmente cualquier documento de dibujo) obtenido en relación con el proceso de licitación, celebración o ejecución del Contrato como información confidencial (mientras que la información confidencial incluye secretos comerciales, naturaleza de información financiera confidencial, información sensible sobre infraestructuras críticas, etc.), que, sin el consentimiento previo por escrito del Cliente, no pueden ser proporcionados a terceros, ni pueden ser utilizados en contra de su propósito para sus propias necesidades. El proveedor también se compromete a observar la confidencialidad de la información de carácter confidencial incluso después de la finalización del acuerdo. Las restricciones establecidas en este punto no se aplican a la provisión de información confidencial a los dependientes del Cliente de acuerdo con la Ley del Impuesto sobre la Renta, es decir, j. para cerrar personas relacionadas económica, personalmente o de otro modo con el Cliente (en lo sucesivo, "Empresa afiliada del Cliente“) y asesores de la Parte Contratante (por ejemplo, auditores, abogados), siempre que la Empresa Afiliada del Cliente y dichos asesores estén sujetos a obligaciones de confidencialidad al menos en la misma medida que se establece en este punto. Una violación de las disposiciones de este punto no es ni siquiera el caso de proporcionar información confidencial a petición justificada de una autoridad pública u otro organismo estatal o el caso de proporcionar información confidencial impuesta a la Parte Contratante por una norma jurídica vinculante de carácter general.

 

La información enviada sobre la base y en relación con el Acuerdo estará sujeta a los términos del Acuerdo por el momento.10 años desde la fecha de terminación del Acuerdo. En caso de que cualquiera de las Partes Contratantes así lo soliciten, las Partes Contratantes se comprometen a iniciar de inmediato las negociaciones sobre la extensión de la obligación de las Partes Contratantes de mantener la confidencialidad respecto de la información "confidencial" transferida sobre la base del Contrato y con la condición de que las Partes Contratantes Las Partes acuerdan la actualidad del contenido de "confidencial" de la información acordada por ambas Partes Contratantes se comprometen a concluir una enmienda al Acuerdo, que amplía la obligación de las Partes Contratantes de mantener la confidencialidad sobre la información "confidencial" transferida sobre la base de la Acuerdo incluso después de la expiración acordada a veces.

En caso de fuga de hechos que tengan el carácter de información confidencial o de secreto industrial por causa de la que sea responsable el Proveedor, o en caso de incumplimiento de las obligaciones del Proveedor en virtud de este punto, el Cliente tiene derecho a reclamar una sanción contractual contra el Proveedor de acuerdo con el punto 15.7.

22.2 A menos que se acuerde lo contrario en el Contrato, el Proveedor no tiene derecho, sin el consentimiento previo por escrito del Cliente, a incluir al Cliente como su socio comercial, o a utilizar el nombre comercial o el logotipo del Cliente al promocionar al Cliente o sus actividades, o en declaraciones a los medios de comunicación, en cualquier forma. En caso de incumplimiento de la obligación según este punto, el Cliente tiene derecho a reclamar una sanción contractual contra el Proveedor de conformidad con el punto 15.7.

 

XXIII. PRIVACIDAD

23.1 El Proveedor se compromete a que si entra en contacto con los datos personales del Cliente mientras cumple con el objeto del Contrato, mantendrá la confidencialidad y cumplirá con los requisitos de la legislación aplicable, en particular la Ley de Protección de Datos Personales modificada; la obligación de confidencialidad se aplica incluso después de la terminación del Acuerdo.

 

XXIV. LEY APLICABLE

24.1 El Acuerdo y las relaciones resultantes del Acuerdo o relacionadas con el Acuerdo fueron celebrado de conformidad con las disposiciones pertinentes del Código de Comercio y otras normas jurídicas vinculantes de carácter general válidas en el territorio de la República Eslovaca, excluyendo la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías. A menos que se establezca lo contrario en el Contrato, las relaciones mutuas de las Partes Contratantes, que surgieron sobre la base del Contrato y que no están expresamente reguladas en el mismo, se regirán por las disposiciones pertinentes del Código de Comercio y otras normas legales generalmente vinculantes de la Ordenamiento jurídico eslovaco.

 

XXV. PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE

25.1 El Proveedor está obligado a cumplir con las disposiciones de las normas legales generalmente vinculantes sobre la protección del medio ambiente en el cumplimiento de las obligaciones bajo el Contrato, mientras que el Proveedor es responsable de la contaminación y daños al medio ambiente que causó y que se produjeron en relación con la ejecución del Contrato. Actuación. El proveedor está obligado a eliminar las consecuencias de dicha contaminación. Si durante la realización de la Actuación en el lugar de la Ejecución Surgen, el Proveedor está obligado a eliminar los residuos generados por el Proveedor de conformidad con la Ley n.º 79/2015 Coll. sobre residuos, en su forma enmendada, y las normas legales relacionadas para la gestión de residuos para garantizar su eliminación. El Cliente se compromete a prestar la máxima colaboración al Proveedor para que éste tenga la oportunidad de asegurar la eliminación de estos residuos, y si es posible directamente en el lugar de cumplimiento y por cuenta del Proveedor.

25.4 Las partes contratantes están obligadas a cumplir las normas legales especiales sobre protección contra ruidos y vibraciones. El proveedor está obligado a garantizar, mediante medidas técnicas, organizativas y otras medidas apropiadas, que el ruido durante la ejecución de la Ejecución en el lugar de la Ejecución No superó los valores máximos permisibles establecidos por normas legales especiales.

 

XXVI.DISPUTAS 

26.1 El Proveedor declara que, a la fecha de celebración del Acuerdo, no es parte de un juicio o procedimiento de arbitraje en curso contra el Cliente.

26.2 Todas las disputas que surjan del Contrato serán sometidas a decisión del tribunal correspondiente de conformidad con las disposiciones de la Ley núm. 160/2015 Z .z. Procedimiento civil contencioso modificado.

26.3. Todas las posibles disputas derivadas de los Contratos/Pedidos así como de todas las relaciones comerciales-obligatorias directa o indirectamente relacionadas con los mismos, su contenido o su objeto, surgidas entre el Cliente y el Proveedor se someten a la jurisdicción exclusiva de los tribunales del República Eslovaca, a menos que se acuerde lo contrario. El Proveedor y el Cliente también acordaron que en caso de que, de acuerdo con la Ley No. 97/1963 Coll. de derecho internacional privado y procesal, enmendado, de conformidad con el Reglamento (CE) n.º 44/2001 del Consejo relativo a la jurisdicción y al reconocimiento y ejecución de sentencias en materia civil y mercantil o de conformidad con otra norma jurídica, ley o tratado internacional que regule la jurisdicción de los tribunales en disputas con un elemento extranjero, el tribunal de la República Eslovaca no era el tribunal competente, el Proveedor y el Cliente acordaron expresamente que el tribunal competente sería el Tribunal de Distrito de Martin, República Eslovaca.

 

Inseparable Los anexos a estos Términos y Condiciones Generales son:

-

 

Estos GTC entran en vigor el 1 de enero de 2023




 

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Versión completa (escritorio)